Protocolo de Kioto, convierta el compromiso en oportunidad
Como resultado de los compromisos adquiridos tras la entrada en vigor del Protocolo de Kioto y posterior ratificación en el acuerdo de Doha (COP-18), las empresas españolas incluidas en el Plan Nacional de Asignación de emisiones tienen la responsabilidad y la obligación de asegurar que sus emisiones se controlan de forma eficiente y cumplen con los compromisos establecidos en la legislación vigente. Para ello, las instalaciones incluidas en el Plan Nacional de Asignaciones (PNA) deben mostrar información de sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero verificadas por un organismo acreditado independiente. Esta comprobación es de carácter obligatorio para todas las instalaciones incluidas en el PNA.
Para esto se permite la compra-venta de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) entre los países industrializados del Protocolo de Kioto que permite, a aquellas entidades que reduzcan sus emisiones más de lo comprometido, vender sus excedencias de emisiones a las que no hayan alcanzado cumplir con su compromiso.
En virtud de esto, AENOR realiza la comprobación total de emisiones declarada por la instalación, estudia la exactitud de los sistemas de seguimiento aplicados y de los datos de las emisiones consideradas, verifica también el informe de emisiones realizado por la empresa, y emite un Informe y Dictamen de Verificación.